Ordenanza Nº 1415

VISTO:

            La creación de los Juegos Deportivos Municipales; y,

CONSIDERANDO:

            Que la Directora de Deportes y Recreación proyectó para el año 2024, la creación de los Juego Deportivos Municipales;

            Que los mismos se realizarán en el Polideportivo Municipal en jornadas en los meses de abril, julio y septiembre, siendo la de los meses de abril y septiembre para niños y jóvenes de entre 12 y 18 años, y la de julio para niños menores de 12 años;

            Que los deportes que se desarrollarán en estas jornadas serán cuatro (4), a saber, atletismo, básquet, vóley y futbol femenino;

            Que el objetivo principal de dichos Juegos es promover en niños y jóvenes, el desarrollo físico, la competencia deportiva y el sentido de pertenencia a las instituciones educativas o clubes que representan, ya que el deporte es un canal fundamental para mejorar la calidad de vida de nuestro gurises y alejarlos de los vicios, como así también fundamental para mantener el incentivo en ellos que muchas veces se pierde;

            Que, así mismo, esta propuesta es acompañada por los sectores productivos de nuestra ciudad, siendo una clara manifestación de voluntad por parte de la sociedad, de acompañar el crecimiento y desarrollo de los niños y jóvenes de Nogoyá;

            Que, por estos motivos, este Concejo Deliberante entiende fundamental acompañar estas actividades que tanto bien le hacen a la sociedad, declarando de interés las 3 fechas que conformarán los Juegos Deportivos Municipales.  

Por ello

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°.-Declárese de interés los Juegos Deportivos Municipales 2024 que se desarrollarán en los meses de abril, julio y septiembre del corriente, con niños y jóvenes de instituciones educativas y clubes de la ciudad de Nogoyá.-

Artículo 2°.-De forma.-

                                               Sala de sesiones, 24 de abril de 2024.-

Aprobado por unanimidad, en general y en particular.