Ordenanza Nº1099

Autoriza la venta del colectivo municipal.

                                                                                                      Ordenanza Nº1099

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a vender o dar en parte de pago el colectivo de propiedad de esta Municipalidad de Nogoyá, dominio SBG305 y a disponer hasta la suma de pesos trescientos mil ($300.000) para abonar la diferencia de la compra de una nueva unidad.

Artículo 2º.- Créase una Comisión ad-hoc formada por el Coordinador de Deportes y Recreación, tres Concejales, el actual chofer del colectivo municipal y el mecánico municipal, la que tendrá a cargo la evaluación de la unidad, la verificación de las características técnicas, el estado de conservación del vehículo a adquirir, y emitir opinión al respecto, siendo la misma de carácter resolutivo. Dicho informe será elevado al Departamento Ejecutivo a los fines de su consideración, y de corresponder que este realice la contratación directa con el titular de la unidad.

Artículo 3º.- Toda erogación vinculada a la adquisición de la unidad mencionada en el artículo 1º que exceda la suma prevista, deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante, con mayoría especial.

Artículo 4º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación que resulte necesaria a los fines de efectivizar las transferencias de las unidades, así como también a realizar las reimputaciones y adecuaciones presupuestarias que fueran necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

 

                                            Nogoyá, Sala de Sesiones, 21 de agosto de 2.015.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular