Ordenanza Nº1.127

Dispone la creación del “Mausoleo Héroes de Malvinas”.

                                                                                                     Ordenanza Nº1.127

 

 

VISTO: Que la ciudad de Nogoyá tiene en su propio terruño el privilegio de contar con Héroes de Malvinas vivos y en la eternidad; y,

 

CONSIDERANDO: Que si bien en nuestra memoria cotidiana, homenajeamos a ellos solo en épocas en que se evoca a Malvinas.

            Que en años anteriores eran recordados y vivenciados todos los 2 de cada mes, ya sea a través de acciones, charlas, videos, exposiciones.

            Que el contacto con los demás combatientes de la nuestra provincia era habitual.

            Que a pesar de sufrir procesos de desmalvinización, nuestra memoria debe mantener viva la gesta histórica y heroica de Malvinas.

            Que nuestro pueblo en su conjunto debe un homenaje permanente a nuestros héroes.

 

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Ordenar al D.E. Municipal, la construcción, puesta en valor u ocupación de algún panteón disponible, para la concreción en dicho espacio de un “Mausoleo Héroes de Malvinas”

Artículo 2º.- Dicho Mausoleo deberá disponer de espacio para nuestros héroes, previo consentimiento de sus familiares.

Artículo 3º.- Identificar como tal con una placa recordatoria e identificadora acorde a la importancia del mismo con los nombres de todos y cada uno de los Héroes.

Artículo 4º.- Hacer llegar copia de la presente a familiares de combatientes fallecidos y ex soldados combatientes y a CECIMER (Centro de Ex Conscriptos Combatientes Islas Malvinas de Entre Ríos)

Artículo 5º.- De forma.-

 

                                                Nogoyá, Sala de Sesiones, 1 de junio de 2016.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular