Ordenanza Nº 1.594
FUNDAMENTOS:
La literatura constituye una de las expresiones culturales fundamentales para la construcción de la identidad de los pueblos, porque conserva la memoria, expresa las distintas miradas sobre una comunidad y permite transmitir historias, ideas y experiencias de generación en generación y Nogoyá posee una rica tradición literaria y cultural, construida a través del aporte de escritores, escritoras, poetas, investigadores, docentes y otros referentes de la cultura que, desde distintas épocas y perspectivas, han contribuido a enriquecer el patrimonio de nuestra ciudad y de Entre Ríos.
Nuestra historia literaria cuenta, entre sus figuras destacadas, con nombres como Luis María Sobrón, Fermín Chávez, Juan José Antonio Segura, Susana Giqueaux, Zunilda López de Barquín, y Juan L. Ghiano, entre tantos otros hombres y mujeres que, desde la literatura, el pensamiento, la investigación y la producción cultural, dejaron una huella que merece ser conocida, reconocida y transmitida a las nuevas generaciones. Reconocer esta trayectoria no implica solamente recuperar a quienes forman parte de nuestra historia cultural, sino también generar las condiciones para que la literatura nogoyaense continúe desarrollándose, incorporando nuevas voces, autores y autoras, y fortaleciendo los espacios de producción, lectura, encuentro y difusión.
En este sentido, resulta necesario promover políticas públicas que permitan visibilizar, reconocer y difundir la producción literaria local y regional, fortaleciendo el vínculo entre la comunidad y sus expresiones culturales y generando oportunidades para que escritores, lectores, instituciones educativas, bibliotecas, editoriales y organizaciones culturales puedan encontrarse y participar. La propuesta adquiere especial relevancia en un momento en que nuestra ciudad comienza a construir nuevos espacios de encuentro y difusión de la producción literaria. La realización de la Feria del Libro de Nogoyá, prevista para desarrollarse en torno a estas fechas, constituye una oportunidad para fortalecer una agenda cultural que permita acercar los libros, los autores y las distintas expresiones de la literatura a toda la comunidad. Se suma a esto la vasta cantidad de nuevos autores y autoras que han surgido en Nogoyá y en la región, cuyas producciones dan cuenta de una actividad literaria diversa, dinámica y en permanente crecimiento. Reconocer estas nuevas voces resulta tan importante como recuperar a quienes forman parte de nuestra historia, generando un puente entre el patrimonio literario de nuestra ciudad y las expresiones contemporáneas. La “Semana de la Literatura Nogoyaense” busca, precisamente, constituirse en ese espacio de encuentro entre generaciones: recuperar la obra y la trayectoria de quienes contribuyeron a construir nuestra identidad cultural, reconocer a los escritores y escritoras contemporáneos y ofrecer a las nuevas generaciones un ámbito para expresarse, publicar, leer, compartir y encontrarse con otros lectores y autores. La iniciativa no se limita a una celebración anual, sino que pretende contribuir a la construcción de una política cultural sostenida en el tiempo, que articule la Semana de la Literatura con la Feria del Libro y con las distintas instituciones, bibliotecas, escuelas, espacios culturales y actores de la comunidad vinculados a la literatura. La elección de la primera quincena del mes de octubre permitirá, asimismo, concentrar estas iniciativas dentro de un período del calendario cultural de Nogoyá, favoreciendo la participación de la comunidad y generando una verdadera celebración de nuestras letras, nuestra memoria y nuestras nuevas voces.
Por todo ello, entendemos que institucionalizar esta iniciativa permitirá consolidar una política cultural sostenida en el tiempo, que haga de la literatura nogoyaense un patrimonio vivo, accesible y compartido por toda la comunidad.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°. – Créase en el ámbito de la ciudad de Nogoyá la “Semana de la Literatura Nogoyaense”, la cual se llevará a cabo anualmente durante la primera quincena del mes de octubre, con el objeto de promover, difundir y poner en valor la producción literaria local y regional.
ARTÍCULO 2 °. – El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área de Cultura y en coordinación con instituciones educativas, bibliotecas, centros culturales, editoriales y organizaciones de la sociedad civil, podrá desarrollar durante dicha semana actividades culturales, educativas y comunitarias vinculadas a la literatura nogoyaense.
ARTÍCULO 3°. – En el marco de la Semana de la Literatura Nogoyaense podrán llevarse adelante las siguientes actividades:
a) Actos oficiales de homenaje y reconocimiento a escritores y escritoras locales
b) Entrega de diplomas, distinciones y menciones honoríficas a autores y autoras contemporáneas de Nogoyá por su aporte a la cultura local.
c) Lecturas públicas en plazas, escuelas, clubes, bibliotecas y centros comunitarios.
d) Talleres de lectura, escritura creativa y narración oral destinados a niñas, niños, jóvenes y adultos.
e) Charlas, conferencias y encuentros abiertos sobre la importancia de la literatura local en la construcción de la identidad cultural de la ciudad.
f) Presentaciones de libros, publicaciones y producciones literarias.
g) Encuentros entre escritores, editoriales, docentes, estudiantes y lectores.
h) Campañas de difusión en medios de comunicación y redes sociales destinadas a visibilizar frases, textos, biografías y producciones de autores nogoyaenses.
i) Producción de contenidos audiovisuales, radiales y digitales vinculados a la literatura y cultura local.
ARTÍCULO 4 °. – Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de cooperación con universidades, bibliotecas populares, instituciones educativas, editoriales, medios de comunicación y organismos públicos o privados para el cumplimiento de los objetivos de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 5 °. – Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 6 °.- De forma.
Nogoyá, Sala de Sesiones, 16 de Septiembre del 2026.-
Aprobado por unanimidad, en general y en particular.