Ordenanza Nº 1551

Ordenanza Nº 1.551

FUNDAMENTOS:

La realización de la Primera Edición de la Fiesta del Remisero Entrerriano en la ciudad de Nogoyá constituye una valiosa iniciativa orientada a reconocer, visibilizar y jerarquizar la labor de los trabajadores del transporte individual, quienes cumplen un rol esencial en la vida cotidiana de la comunidad, garantizando movilidad, accesibilidad y un servicio permanente para los vecinos.

Esta propuesta encuentra su origen en una experiencia personal del Sr. Héctor Baldassini, quien, tras sufrir un accidente de tránsito que le impidió desplazarse con normalidad por un tiempo determinado, atravesó dificultades para acceder a un servicio de traslado adecuado a sus necesidades. A partir de dicha vivencia, asumió el compromiso de generar un servicio de remisería inclusivo, capaz de responder a las demandas de personas con movilidad reducida.

Luego de dos años de esfuerzo y dedicación, este proyecto logró concretarse en el mes de junio del año 2024, en conjunto con el Sr. Fracaro, materializando así un emprendimiento con fuerte sentido social y comunitario.

En este marco, y como forma de reconocimiento a dicha iniciativa y al acompañamiento de la comunidad, el próximo 4 de julio de 2026 se llevará a cabo la Primera Fiesta del Remisero Entrerriano en las instalaciones del Polideportivo Municipal, evento que además tendrá un fin solidario, debido a que las cantinas estarán a cargo de instituciones locales. Participaran del evento bandas locales y de ciudades vecinas.

La realización de esta celebración no solo promueve el encuentro y el esparcimiento familiar, sino que también fortalece los vínculos comunitarios, impulsa la actividad cultural y recreativa, y fomenta la participación ciudadana en un ámbito de integración y reconocimiento colectivo.

En virtud de lo expuesto, resulta oportuno que este Honorable Concejo Deliberante acompañe y declare de interés municipal aquellas iniciativas que surgen del esfuerzo individual y colectivo, y que contribuyen al desarrollo social, cultural y solidario de la comunidad de Nogoyá.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°. – Declárase de Interés Municipal la Primera Edición de la Fiesta del Remisero Entrerriano, a realizarse el día 4 de Julio de 2026 en la ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos.

ARTÍCULO 2°. – La presente declaración tiene por objeto destacar la importancia social, cultural y laboral del evento, así como reconocer el aporte de los trabajadores del sector.

ARTÍCULO 3°. – De forma.

Nogoyá, Sala de Sesiones, 27 de Mayo del 2026.-

Aprobado por unanimidad, en general y en particular.