Ordenanza Nº 1.574
FUNDAMENTOS:
El presente evento es la segunda edición de un mundialito de fútbol infanto juvenil de las categorías 2015, 2016, 2017 y 2018, se desarrollará los días 02, 03 y 04 de octubre del corriente año, constituye una propuesta de gran relevancia para la comunidad, en tanto promueve múltiples valores sociales, culturales y educativos que justifican su declaración de interés municipal.
La actividad cuenta con la participación activa de clubes locales y de la provincia de Buenos Aires, lo que evidencia un trabajo articulado entre entidades comprometidas con el desarrollo del deporte como herramienta de inclusión, formación y cohesión social. Esta articulación fortalece el tejido comunitario y promueve la integración interinstitucional en beneficio de la ciudadanía.
Desde una perspectiva social, el evento fomenta la práctica sistemática de actividad física, contribuyendo a la construcción de hábitos de vida saludables en niños y permite generar constancia y compromiso, valores fundamentales en el desarrollo personal y colectivo.
Desde el punto de vista económico y turístico, el evento tiene un impacto positivo en la economía local, ya que atrae participantes, familias y acompañantes que dinamizan actividades vinculadas al comercio, la gastronomía y los servicios de la ciudad. A su vez, contribuye a la proyección del municipio como sede de eventos deportivos de relevancia interprovincial, posicionándose como un espacio que valora y promueve el desarrollo integral a través del deporte.
Estos argumentos hacen que sea importante que este Concejo Deliberante acompañe este tipo de iniciativas.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Municipal el Mundialito “Halconcitos” de fútbol infanto juvenil de las categorías 2015, 2016, 2017 y 2018, que organiza el Club Deportivo Libertad y el Club Defensa y Justicia de la ciudad de Buenos Aires y que se desarrollará en nuestra ciudad los días 02, 03 y 04 de octubre del corriente año. –
ARTÍCULO 2°: Hágase entrega de una copia de la presente a sus organizadores en uno de sus eventos. –
ARTÍCULO 3º: De forma. –
Nogoyá, Sala de Sesiones, 08 de Julio del 2026.-
Aprobado por unanimidad, en general y en particular.