Ordenanza Nº1.158

Otorga dirección de tránsito a calles de la ciudad.

                                                                                                                                                                                Ordenanza Nº1.158

 

 

VISTO: La intervención urbanística realizada en el sector este de Bvard. España; y,

 

CONSIDERANDO: Que la obra ha consistido en la pavimentación de la arteria sur de Bvard. España y como consecuencia de esto la creación de nuevos espacios verdes y vías de acceso al Paseo de los Puentes.

            Que al efecto de dar dinamismo y seguridad al tránsito de los vehículos, corresponde asignar dirección de circulación a las calles Tomás de Rocamora y Evaristo Carriego.

            Que como consecuencia de estas disposiciones y las obras realizadas se ha originado un nuevo espacio de tránsito y acceso al Paseo de los Puentes que debe ser señalizado convenientemente con la cartelería reglamentaria e informativa que a criterio del D. Ejecutivo corresponda instalar.

 

Por ello:

 

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Dispónese que el tránsito de vehículos en calle Tomás de Rocamora será de sur a norte y el de calle Evaristo Carriego de norte a sur.

Artículo 2º.- Dispónese que el tránsito de vehículos en Bvard. España desde Belgrano hacia Tomás de Rocamora será de oeste a este y de Bvard. España desde Rocamora hacia Belgrano será de este a oeste.

Artículo 3º.- Dispónese que el tránsito de vehículos desde Tomás de Rocamora hasta el ingreso al Paseo Los Puentes será de doble circulación.

Artículo 4º.- Procédase a colocar la cartelería necesaria que permita informar a los conductores las nuevas direcciones de tránsito dispuestas en la presente y toda otra información que permita un tránsito armónico y seguro en este sector.

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

                                               Nogoyá, Sala de Sesiones, 19 de abril de 2017.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular