Prohíbe estacionamiento en las esquinas con semáforos, en arterias con doble circulación y sentidos opuestos, a una distancia no inferior de 20 metros de la intersección.
Archivos diarios: septiembre 5, 2005
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Prohíbe estacionamiento en las esquinas con semáforos, en arterias con doble circulación y sentidos opuestos, a una distancia no inferior de 20 metros de la intersección.