Ordenanza Nº 1427

VISTO: La Resolución N°010/24; y,

CONSIDERANDO:

            Que por Ordenanza N°1.210 se dispone que el Concejo Deliberante deberá refrendar los Certificados de Uso de Suelo extendidos por D.E.M. conforme Ordenanza N°1.152.

            Que de acuerdo a lo establecido y atento a la documentación elevada por el D.E.M. y el dictamen favorable de la Directora de Medio Ambiente al otorgamiento del Certificado de la firma GRANJA DON EDUARDO STERTZ, se procede a refrendar la misma mediante la presente.

Por ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°.- Refrendar el Certificado de Uso de Suelo extendido por el Departamento Ejecutivo Municipal a la firma GRANJA DON EDUARDO STERTZ , mediante Resolución N°010/24.-

Artículo 2°.- Disponer que la vigencia del mencionado Certificado deberá computarse desde la fecha de la Resolución del D.E.M. por medio de la cual se otorga el Permiso de Uso de Suelo.-

Artículo 3°.- De forma.-

                                                           Sala de sesiones, 05 de junio de 2024.-

Aprobado por unanimidad, en general y en particular.