Ordenanza Nº1065

Adhiere a la Ley Provincial Nº9.424.

                                                                                                      Ordenanza Nº1.065

 

 

VISTO: El régimen instituido por la Ley Provincial Nº9.424 de la Provincial de Entre Ríos, estableciendo un registro Provincial de Deudores Morosos de Cuotas Alimentaria; y

 

CONSIDERANDO: La invitación de la misma a todas las entidades públicas y privadas, empleadores en general, respecto a la solicitud del informe previo de no estar inscripto o anotado en dicho registro, como condición necesaria para la contratación del interesado.

            Que la Ley Provincial busca brindar apoyo a aquellas personas, niños, familias, que se encuentran comprendidos en una situación de desamparo y desatención, por la conducta e incumplimiento a los deberes y obligaciones civiles, por otro miembro de la familia o pariente.

 

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Adhiérese a la Ley Provincial Nº9.424, sus modificatorias y Decreto Reglamentario.

Artículo 2º.- Instruir al Departamento Ejecutivo Municipal a adoptar las medidas necesarias para la implementación de la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- De forma.-

 

                                         Nogoyá, Sala de Sesiones, 15 de octubre de 2.014.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular