Ordenanza Nº 1413

VISTO: La necesidad del ciudadano y/o visitante, de contar con información certera, ágil y veraz, en pos de promover y jerarquizar el desarrollo turístico de la ciudad; y,

CONSIDERANDO:

Que existe la posibilidad de mejorar la promoción virtual y física del sector turístico de Nogoyá, vía página web y, también, con la instalación y/o colocación de mapas con detalles turísticos en puntos centrales y visibles de la ciudad de Nogoyá;

Que estamos ante la factibilidad de fomentar el turismo local, mediante la modernización de la página web municipal.

Que es necesaria la creación y mantenimiento de una pestaña de TURISMO MUNICIPAL en la web oficial del Municipio de la ciudad de Nogoyá, y la colocación de mapas turísticos en diversos puntos de la ciudad, con el fin de facilitar la orientación de visitantes y residentes,  promoviendo de esa manera  los recursos turísticos locales, facilitando el acceso a información actualizada sobre actividades turísticas y mejorando la experiencia de visitantes y residentes.


Por ello


EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA


Artículo 1°.-  Créese en la página web oficial del Municipio de Nogoyá, el apartado “TURISMO LOCAL”, con su correspondiente acceso directo a través de una pestaña que permita un acceso simple y rápido.-

Artículo 2°.- En referencia al Artículo 1º,  el apartado de Turismo contendrá, entre otros, la siguiente información:

  1. Principales atractivos turísticos del municipio, incluyendo monumentos, museos, parques, actividades culturales, entre otros.
  2. Calendario de eventos, festivales y actividades culturales.
  3. Guía de servicios turísticos, que incluya información sobre alojamientos, restaurantes, transporte, entre otros.
  4. Mapas interactivos que permitan a los usuarios ubicar y planificar su visita a los diferentes sitios de interés.
  5. Formularios de contacto y canales de comunicación para consultas, sugerencias y denuncias relacionadas con el turismo municipal.

Artículo 3º.- La información antes mencionada, necesaria para la creación del contenido de la página web, será proporcionada por la Coordinación de Cultura, Turismo y Educación de la Municipalidad, y cargada por la Dirección de Modernización.-

Artículo 4°.-Ordénese la creación y diseño de un mapa turístico que se colocarán en lugares de alta afluencia turística y en puntos estratégicos de la ciudad, tales como:

  1. Plazas principales.
  2. Parques.
  3. Zonas comerciales.
  4. Puntos de acceso a atracciones turísticas.
  5. Oficinas de información turística.
  6. Centros culturales y educativos.

Artículo 5º.- El mapa turístico será diseñado de manera clara y legible, utilizando colores y símbolos que faciliten la identificación de los diferentes puntos de interés. Además, deberán estar fabricados con materiales resistentes y duraderos, aptos para su exposición al aire libre.

Artículo 6°.-Los mapas turísticos contendrán información detallada sobre los principales atractivos turísticos del municipio, así como datos de interés para los visitantes, tales como:

  1. Monumentos y sitios históricos.
  2. Museos
  3. Parques y áreas de recreación.
  4. Restaurantes, cafeterías y bares.
  5. Alojamientos turísticos.
  6. Lugares de interés cultural y eventos destacados.

Artículo 7°.-El Municipio, mediante las áreas pertinentes, será responsable del mantenimiento y actualización periódica de la página web y del mapa turístico, garantizando su buen estado de conservación y la incorporación de nueva información relevante.

Artículo 8°.-De forma.-

                                               Sala de sesiones, 24 de abril de 2024.-

Aprobado por unanimidad, en general y en particular.