Ordenanza Nº1294

Ordenanza Nº1.294

 

 

VISTO: La Ley Provincial Nº10.659, y;

 

CONSIDERANDO: Que la Ley Provincial Nº10.659 tiene por objeto la protección, el desarrollo, promoción, difusión y comercialización de las artesanías producidas en todo el territorio provincial.

            Que la misma busca el reconocimiento del artesano y artesana como trabajadores de la cultura en tanto productores de elementos de significación cultural y la salvaguarda de las técnicas y procesos de producción de artesanías.

            Que habiéndose declarado de interés provincial la actividad artesanal, como manifestación cultural autóctona y como elemento de identidad provincial y nacional, es necesario declarar la misma de interés local.

            Que la misma establece una política de promoción, difusión, y dignificación de la artesanía y de actividad artesanal para lograr su valoración social, así como también fomentar el desarrollo y preservación de los oficios artesanales.           

 

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DEL MUNICIPIO DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENAZA

 

Artículo 1°.- Adhiérase a la Ley Provincial Nº10.659 por la que el Estado protege y promueve el desarrollo, promoción, difusión y comercialización de las artesanías producidas en Entre Ríos.

Artículo 2º.-  Facúltese al Poder Ejecutivo Municipal a dictar las normas complementarias a fin de lograr la implementación de la presente ordenanza.

Artículo 3º.-  De forma.-

 

                                                Nogoyá, Sala de Sesiones, 9 de junio de 2.021.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular