Ordenanza Nº823

Declárase de Interés Municipal el Día del Bombero Voluntario.
Se autoriza al cobro de aportes voluntarios de los contribuyentes.





Ordenanza Nº823
Dto. de Promulgación Nº361 – 02/06/2.008
                                           

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA

SANCIONA CON FUERZA DE

 
ORDENANZA
 

Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal, en jurisdicción del Municipio de Nogoyá el Día del Bombero Voluntario a celebrarse el 2 de junio de cada año en todo el territorio nacional.

Artículo 2º.- Autorízase al Presidente Municipal a disponer el cobro de aportes voluntarios de contribuyentes, con destino a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Nogoyá, a instrumentarse junto con las boletas de cobro de Tasa General Inmobiliaria, Tasa de Obras Sanitarias y Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.

Artículo 3º.- Los citados aportes voluntarios serán importes fijos diferenciados por zonas previstas para la liquidación de la Tasa General Inmobiliaria a razón de $2,00 para zona A y B y $1,00 para las restantes.

Artículo 4º.- El D. E. M. deberá disponer las medidas administrativas conducentes para asegurar la recaudación, registración, transferencia y control de los importes establecidos.

Artículo 5º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-

 

                                            Nogoyá, Sala de Sesiones, 30 de mayo de 2008.-

 

Aprobado por mayoría en general, en particular por unanimidad el artículo 1º y por mayoría los artículos 2º, 3º, 4º y 5º