Ordenanza Nº774

Acepta donación de I.A.P.V. para calle pública en el marco del programa NOGOYA 31 VIVIENDAS.





Ordenanza Nº774
Dto. de Promulgación Nº684 – 01/11/2.006
 
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE NOGOYA
SANCIONA CON FUERZA DE
 
ORDENANZA
 

Artículo 1º.- Aceptase la donación ofrecida por el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos mediante Resolución del Directorio Nº0762 de fecha 08/08/06, de un lote de terreno identificado con Plano Nº29.394 – localización Provincia de Entre Ríos – Dpto. Nogoyá – Ciudad de Nogoyá – Planta Urbana – manzana Nº6 – Superficie TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS (355,40m2), con destino a calle pública, ubicada al sureste del Barrio construido por el I.A.P.V. en el marco del Programa “Nogoyá 31 Viviendas”.

Artículo 2º. Autorízase al D. E. a suscribir la documentación que fuere menester para concretar la donación aceptada por el artículo precedente.

Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

                                                Nogoyá, Sala de Sesiones, 30 de octubre de 2.006.-

 

Aprobado por unanimidad en general y particular

Ordenanza Nº 0774