Ordenanza Nº 1607

          Ordenanza Nº 1.607

FUNDAMENTOS:

La Ordenanza N° 1.210 dispone que el Concejo Deliberante debe refrendar los Certificados de Uso de Suelo extendidos por D.E.M. conforme Ordenanza N° 1.152.

En fecha 30 de septiembre del 2026, el Departamento Ejecutivo Municipal, dispone mediante Resolución N° 185, otorgar Certificado de Uso conforme de Suelo a la firma CARNES ESPECIALES ENTRERRIANAS S.R.L., CUIT N° 30-71639669-6, en conformidad con el informe ambiental de la Directora de Ambiente, Silvia Ángel.

            Que de acuerdo a lo establecido y atento a la documentación elevada por el D.E.M. y el dictamen favorable, se procede a refrendar la misma mediante la presente.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°. – Refréndese el Certificado de Uso de Suelo extendido por el Departamento Ejecutivo Municipal a la firma CARNES ESPECIALES ENTRERRIANAS S.R.L., CUIT N° 30-71639669-6, mediante Resolución N° 185/26 de fecha 30 de septiembre de 2026.-

ARTÍCULO 2°. – Dispóngase que la vigencia del mencionado Certificado deberá computarse desde la fecha de la Resolución del D.E.M. por medio de la cual se otorga el Permiso de Uso de Suelo. –

ARTÍCULO 3°. – De forma. –

Nogoyá, Sala de Sesiones, 28 de Octubre del 2026.

-Aprobado por unanimidad, en general y en particular – Sobre tabla