Ordenanza Nº 1.607
FUNDAMENTOS:
La Ordenanza N° 1.210 dispone que el Concejo Deliberante debe refrendar los Certificados de Uso de Suelo extendidos por D.E.M. conforme Ordenanza N° 1.152.
En fecha 30 de septiembre del 2026, el Departamento Ejecutivo Municipal, dispone mediante Resolución N° 185, otorgar Certificado de Uso conforme de Suelo a la firma CARNES ESPECIALES ENTRERRIANAS S.R.L., CUIT N° 30-71639669-6, en conformidad con el informe ambiental de la Directora de Ambiente, Silvia Ángel.
Que de acuerdo a lo establecido y atento a la documentación elevada por el D.E.M. y el dictamen favorable, se procede a refrendar la misma mediante la presente.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°. – Refréndese el Certificado de Uso de Suelo extendido por el Departamento Ejecutivo Municipal a la firma CARNES ESPECIALES ENTRERRIANAS S.R.L., CUIT N° 30-71639669-6, mediante Resolución N° 185/26 de fecha 30 de septiembre de 2026.-
ARTÍCULO 2°. – Dispóngase que la vigencia del mencionado Certificado deberá computarse desde la fecha de la Resolución del D.E.M. por medio de la cual se otorga el Permiso de Uso de Suelo. –
ARTÍCULO 3°. – De forma. –
Nogoyá, Sala de Sesiones, 28 de Octubre del 2026.
-Aprobado por unanimidad, en general y en particular – Sobre tabla