Ordenanza Nº 1.571
FUNDAMENTOS:
La creación del “Museo de las Esculturas”, establecida mediante Ordenanza Nº 1.388 de fecha 30 de agosto de 2023, constituye una iniciativa destinada a preservar, exhibir y difundir el patrimonio artístico local.
Para el cumplimiento de dichos objetivos, resulta necesario que este espacio funcione en un ámbito adecuado, que reúna las condiciones necesarias para el desarrollo de sus actividades, la correcta conservación de las obras y la recepción de visitantes, integrando además su propuesta a un entorno con identidad histórica y valor patrimonial.
Actualmente el “Museo de las Esculturas” funciona en un espacio perteneciente al Municipio, específicamente en las instalaciones de la ex Carpintería Municipal. Si bien dicho lugar ha permitido el desarrollo inicial de las actividades del museo, sus características y dimensiones resultan limitadas para la adecuada exhibición, conservación y puesta en valor de las obras que integran su patrimonio.
Cabe destacar que existe un Convenio de Cesión de Derechos y Acciones suscripto entre el Estado Nacional Argentino y la Municipalidad de Nogoyá, mediante el cual se ceden a favor de esta última los derechos posesorios y acciones respecto de tres lotes ubicados en la planta urbana correspondiente al cuadro de la Estación Ferroviaria. En dicho instrumento se establece que el Lote Nº 3 será destinado a fines de recreación, circunstancia que resulta plenamente compatible con el funcionamiento del Museo de las Esculturas, en tanto se trata de un espacio orientado al desarrollo de actividades culturales y recreativas.
Además distintas áreas del Municipio vienen desarrollando tareas de restauración, recuperación y puesta en valor de las instalaciones de la Estación del Ferrocarril, con el propósito de preservar este patrimonio histórico y promover nuevos espacios destinados a actividades recreativas, culturales y comunitarias. En este marco, la localización del “Museo de las Esculturas” en dicho predio contribuirá al fortalecimiento de la recreación cultural, ampliando las propuestas destinadas a vecinos y visitantes, favoreciendo así la resignificación de un espacio emblemático para la historia de la ciudad.
Por tal motivo resulta necesario adecuar las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 1.388, modificando lo referido a la sede y funcionamiento del Museo de las Esculturas, a fin de establecer formalmente su emplazamiento en el lote número tres (3) del predio de la Estación del Ferrocarril de la ciudad de Nogoyá.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.388, promulgada mediante Decreto Nº 785/23, el que quedará redactado de la siguiente manera: «Artículo 1º.- Establecer que el “Museo de las Esculturas” tendrá su sede y desarrollará sus actividades en el lote tres (3) del predio de la Estación del Ferrocarril de la ciudad de Nogoyá”.
ARTÍCULO 2º.- Procédase a la realización del texto ordenado de la Ordenanza N° 1.388 con las modificaciones e incorporaciones correspondientes. –
ARTÍCULO 3º.- De forma.-
Nogoyá, Sala de Sesiones, 08 de Julio del 2026.-
Aprobado por unanimidad, en general y en particular.