Ordenanza Nº 1568

Ordenanza Nº 1.568

FUNDAMENTOS:

El Boulevard España es un espacio central y muy transitado en nuestra ciudad. Mejorarlo y transformarlo en un espacio cultural y atractivo para vecinos y visitantes es una gran oportunidad para fomentar el turismo, la actividad comercial y el reconocimiento de personas destacadas de nuestra ciudad.

El “Paseo de los Destacados” tiene como objetivo homenajear a artistas, deportistas, científicos, educadores y otras personalidades que hayan dejado huella en nuestra ciudad mediante la colocación de placas conmemorativas.

Además de estas placas, el proyecto busca integrar el arte local, la tecnología, los eventos y la participación comunitaria, generando un circuito atractivo y con sentido para todos.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°.- Créase el «Paseo de los Destacados» en el Boulevard España, iniciando en la vereda central de dicho boulevard entre calle Belgrano y calle Mantegazza de la ciudad de Nogoyá, con el objetivo de homenajear a figuras destacadas de nuestra comunidad y generar un atractivo turístico y cultural mediante la colocación de placas conmemorativas.

Artículo 2°.- Las placas conmemorativas, en forma de estrellas de acero inoxidable labradas, se colocarán sobre la vereda de hormigón existente. Cada una medirá 80 cm por 80 cm y llevará el nombre de la persona homenajeada, la actividad que realiza, una imagen en relieve o icono representativo y un código QR con más información sobre la persona destacada, su historia y logros.

Artículo 3°.- Las placas serán diseñadas y fabricadas por talleres metalúrgicos locales, buscando una estética coherente, duradera y de calidad. Se utilizará acero inoxidable por su resistencia a la intemperie y fácil mantenimiento.

Artículo 4°.- El Municipio se encargará de coordinar la colocación segura de las placas y garantizará su conservación mediante un plan de mantenimiento periódico.

Artículo 5°.- La selección de personas a homenajear estará a cargo de un Comité integrado por referentes de distintas disciplinas, arte, deporte, ciencias, política, entre otros, asegurando la pluralidad de opiniones.

Este Comité será designado por el Departamento Ejecutivo Municipal y su integración siempre será en número impar.

La duración de la comisión será de 2 (dos) años.

Artículo 6°.- Para ser elegido como personalidad destacada, la o las personas deberán haber sido reconocidos a nivel nacional o internacional y cumplimentar con alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber realizado un servicio significativo a la comunidad.
  • Poseer trayectoria meritoria y reconocida en alguna disciplina científica, artística, técnica, educativa, cultural, religiosa, social, comunitaria, deportiva, política (limitase a la figura de gobernador y presidente) o de investigación, entre otras.
  • Que su vida pública, profesional y privada pueda ser considerada como importante para las generaciones presentes y futuras.
  • Persona o grupo de personas que reflejen o demuestren claramente virtudes de honestidad, solidaridad, de compromiso social, cultural, educacional o deportiva, que con el tiempo transcurrido queden plasmados como aporte al bien común de la ciudad y que tengan reconocimiento a nivel nacional o internacional.

Artículo 7°.- En cada homenaje se entregará un diploma a la persona destacada o, en caso de ser una persona fallecida, a sus familiares.

Artículo 8°.- La presente Ordenanza podrá financiarse con recursos municipales, aportes de instituciones o de privados desinteresados.

Artículo 9°.- Se impulsará una campaña de difusión para dar a conocer el “Paseo de los Destacados”, utilizando medios locales, redes sociales y eventos especiales. La inauguración se celebrará mediante una ceremonia pública.

Artículo 10°.- El Departamento Ejecutivo desarrollará un cronograma de implementación del «Paseo de los Destacados» que contemple:

  • Selección del Comité que elegirá a las personalidades destacadas.
  • Diseño de placas.
  • Desarrollo de los contenidos digitales.
  • Fabricación de placas.
  • Instalación de placas en el lugar elegido.
  • Actividades de lanzamiento y difusión.

Artículo 11.- El Municipio realizará evaluaciones periódicas sobre el impacto del Paseo en la ciudad, especialmente en cuanto a circulación de personas, actividad comercial, turismo y participación ciudadana.

Artículo 12.- De forma.

Nogoyá, Sala de Sesiones, 08 de Julio del 2026.-

Aprobado en general y en particular por siete (7) Concejales.