Ordenanza Nº 1567

          Ordenanza Nº 1.567

FUNDAMENTOS:

La Ordenanza N° 1.210 dispone que el Concejo Deliberante debe refrendar los Certificados de Uso de Suelo extendidos por D.E.M. conforme Ordenanza N° 1.152.

En fecha 28 de mayo del 2026, el Departamento Ejecutivo Municipal, dispone mediante Resolución N° 143, otorgar Certificado de Uso conforme de Suelo a la firma DEL PAZO PASTAS Y HOJALDRES  , representado por el Sr. Agustín Pazo CUIT N° 2032650619-3, en conformidad con el informe ambiental de la Directora de Ambiente, Silvia Ángel.

            Que de acuerdo a lo establecido y atento a la documentación elevada por el D.E.M. y el dictamen favorable, se procede a refrendar la misma mediante la presente.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°.- Refréndese el Certificado de Uso de Suelo extendido por el Departamento Ejecutivo Municipal a la firma DEL PAZO PASTAS Y HOJALDRES, representado por el Sr. Agustín Pazo CUIT N° 2032650619-3 en carácter de titular de la firma, mediante Resolución N° 143/26 de fecha 28 de mayo de 2026.-

Artículo 2°.- Dispóngase que la vigencia del mencionado Certificado deberá computarse desde la fecha de la Resolución del D.E.M. por medio de la cual se otorga el Permiso de Uso de Suelo.-

Artículo 3°.- De forma.-

Nogoyá, Sala de Sesiones, 24 de Junio del 2026.-

Aprobado por unanimidad, en general y en particular.